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Reducción de plazos en los contratos sujetos a regulación armonizada, cuando se declara la urgencia.

  • 24 Junio, 2020


Pregunta de la alumna: Cuando se declara la urgencia en un expediente de contratación de un contrato SARA, ¿se puede reducir también a la mitad  el plazo de 35 días del anuncio del DOUE?

Respuesta del formador: Hola.

El artículo 119.2.b) de la Ley de Contratos del Sector Público establece que, acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos establecidos en esta Ley para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, salvo los siguientes:

1.º El plazo de quince días hábiles establecido en el apartado 3 del artículo 153, como período de espera antes de la formalización del contrato.

2.º El plazo de presentación de proposiciones en el procedimiento abierto en los contratos de obras, suministros y servicios sujetos a regulación armonizada, que se podrá reducir de conformidad con lo indicado en la letra b) del apartado 3) del artículo 156 (se establece la precisión de que no será inferior a quince días contados desde la fecha del envío del anuncio de licitación).

3.º Los plazos de presentación de solicitudes y de proposiciones en los procedimientos restringido y de licitación con negociación en los contratos de obras, suministros y servicios sujetos a regulación armonizada, que se podrán reducir según lo establecido en el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 161 ( no será inferior a quince días contados desde la fecha del envío del anuncio de licitación) y en la letra b) del apartado 1 del artículo 164, según el caso (no será inferior a diez días contados desde la fecha del envío de la invitación escrita).

4.º Los plazos de presentación de solicitudes en los procedimientos de diálogo competitivo y de asociación para la innovación en contratos de obras, suministros y servicios sujetos a regulación armonizada, no serán susceptibles de reducirse.

5.º El plazo de 6 días a más tardar antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, para que los servicios dependientes del órgano de contratación faciliten al candidato o licitador la información adicional solicitada, será de 4 días a más tardar antes de que finalice el citado plazo en los contratos de obras, suministros y servicios sujetos a regulación armonizada siempre que se adjudiquen por procedimientos abierto y restringido.

La reducción anterior no se aplicará a los citados contratos cuando el procedimiento de adjudicación sea uno distinto del abierto o del restringido.

6.º Los plazos establecidos en el artículo 159 respecto a la tramitación del procedimiento abierto simplificado, de conformidad con lo señalado en el apartado 5 de dicho artículo.

Las reducciones de plazo establecidas en los puntos 2.º, 3.º y 5.º anteriores no se aplicarán en la adjudicación de los contratos de concesiones de obras y concesiones de servicios sujetos a regulación armonizada cualquiera que sea el procedimiento de adjudicación utilizado, no siendo los plazos a que se refieren dichos puntos, en estos contratos, susceptibles de reducción alguna.

Por lo tanto, si el plazo al que te refieres es el establecido para la presentación de ofertas en los contratos de obras, servicios y suministros, cuando están sujetos a regulación armonizada (mínimo de 35 días), si que se podría reducir no siendo inferior a 15 días, tal y como señala el artículo 156.3. b) de la LCSP.

Saludos.

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